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Actualizado con la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal de octubre de 2026
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Funciones del presidente de la comunidad de propietarios: qué debe hacer

Redacción de Guía de propietarios · Actualizado el

Respuesta rápida

El presidente representa legalmente a la comunidad en juicio y fuera de él, convoca las juntas, firma las actas con el secretario, da el visto bueno a los certificados (como el de deudas) y requiere a los vecinos que hagan actividades molestas. Si no hay secretario ni administrador, asume también sus funciones. No puede decidir por su cuenta lo que corresponde a la junta, como aprobar obras o gastos no urgentes.

Mesa de reuniones con sillas blancas en una sala vacía

Ser presidente no exige conocimientos técnicos, pero sí cumplir unas funciones concretas. Muchas las delega en la práctica en el administrador.

Sus funciones, según la ley

FunciónArtículo
Representar a la comunidad en juicio y fuera de él (firmar contratos, demandar, ser demandado)13.3
Convocar las juntas y fijar el orden del día16.2
Incluir en el orden del día los asuntos que pida por escrito cualquier propietario16.2
Firmar el acta con el secretario en los 10 días siguientes a la junta19.3
Dar el visto bueno a los certificados del secretario: deudas, acuerdos9.1.e y 21.3
Requerir a quien realice actividades molestas o prohibidas que cese7.2
Ejercer la acción de cesación, con autorización de la junta7.2
Hacer de secretario y administrador si la comunidad no los ha nombrado13.5

Qué no puede hacer solo

El presidente ejecuta, pero la que decide es la junta (art. 14). Sin acuerdo previo, no puede:

  • Aprobar obras que no sean urgentes.
  • Aprobar gastos no previstos en el presupuesto.
  • Contratar o despedir al administrador o a un empleado.
  • Iniciar un pleito en nombre de la comunidad, salvo urgencia, sin autorización de la junta.

Las reparaciones urgentes sí puede ordenarlas el administrador (o el presidente que haga sus funciones), dando cuenta después (art. 20.c).

Duración y cese

  • El cargo dura un año, salvo que los estatutos digan otra cosa (art. 13.7).
  • La junta puede cesarle antes en una junta extraordinaria.
  • Es obligatorio aceptar el nombramiento, pero se puede pedir el relevo al juez en el mes siguiente. Lo explicamos en ¿puedo negarme a ser presidente?.

Vicepresidentes

Son opcionales. Sustituyen al presidente en caso de ausencia, vacante o imposibilidad, y se nombran por el mismo sistema (art. 13.4).

Te puede interesar: ¿Y si no hay comunidad constituida? · ¿Y si el presidente no hace nada? · ¿Qué hace el secretario?

Preguntas frecuentes

¿El presidente cobra?

La ley no prevé un sueldo. Es un cargo de los propietarios y normalmente gratuito, aunque la junta puede acordar alguna compensación o descuento en la cuota.

¿Responde el presidente con su dinero?

Por regla general no, si actúa de acuerdo con la ley y los acuerdos de la junta. Podría responder si causa daños por negligencia, por ejemplo, firmando un certificado de deudas falso.

Fuentes

Guía informativa basada en el texto oficial de la ley. Los estatutos de cada comunidad pueden añadir reglas propias: si hay dinero o un conflicto serio en juego, consulta con un administrador de fincas o un abogado.

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