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Actualizado con la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal de octubre de 2026
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¿Qué medidas puede tomar la comunidad contra un moroso? Lo que permite la ley

Redacción de Guía de propietarios · Actualizado el

Respuesta rápida

La junta puede acordar medidas disuasorias mientras dure la deuda, como intereses superiores al legal o la privación temporal de servicios o instalaciones no esenciales, como la piscina o el gimnasio. No pueden ser abusivas, desproporcionadas, retroactivas ni afectar a la habitabilidad: no se le puede cortar el agua, la luz ni el acceso a su vivienda. Además, el moroso pierde el voto en la junta.

Escalera de acceso a una piscina

La morosidad obliga a los demás vecinos a adelantar el dinero que falta. Desde junio de 2022 (Ley 10/2022), la ley permite expresamente a las comunidades presionar al moroso, con límites.

Las medidas disuasorias del artículo 21.1

La junta puede acordar medidas disuasorias frente a la morosidad, aplicables mientras dure la deuda. La ley pone dos ejemplos:

  1. Intereses superiores al interés legal del dinero.
  2. Privación temporal del uso de servicios o instalaciones comunes.

Y tres límites:

  • No pueden ser abusivas ni desproporcionadas.
  • No pueden afectar a la habitabilidad de la vivienda.
  • No pueden tener efecto retroactivo: solo se aplican a deudas posteriores al acuerdo.

Pueden aprobarse en junta o incluirse en los estatutos.

Qué se puede hacer y qué no

Medida¿Es legal?
Intereses superiores al legal mientras dure la deudaSí, si no son abusivos
Prohibirle usar la piscina, el gimnasio, la pista de pádel o la sala comunitariaSí, de forma temporal
Quitarle la llave o el mando del garaje si es un servicio comúnDiscutible: depende de si afecta al uso normal de su propiedad
Cortarle el agua, la luz o la calefacción centralNo: afecta a la habitabilidad
Impedirle entrar al portal o al ascensorNo
Quitarle el voto en la juntaSí, lo dice la propia ley (art. 15.2)
Lista pública y permanente de morososNo: solo como notificación subsidiaria

Lo que ya dice la ley, sin necesidad de acuerdo

  • La deuda genera intereses desde que debió pagarse (art. 21.1).
  • El moroso no vota si no está al corriente al empezar la junta. Ver ¿puede votar un moroso?.
  • Si la comunidad acude al monitorio con abogado y procurador, el moroso paga sus honorarios cuando no atiende el requerimiento (art. 21.5).
  • La reclamación también puede llevarse a mediación o arbitraje (art. 21.6).

El paso definitivo

Las medidas disuasorias presionan, pero no cobran. Si la deuda sigue creciendo, lo eficaz es reclamarla por el proceso monitorio, que permite embargar bienes, incluido el propio piso.

Te puede interesar: ¿Y si el moroso se opone al monitorio?

Preguntas frecuentes

¿Qué mayoría hace falta para aprobar estas medidas?

Si se aprueban como acuerdo de la junta, basta en general la mayoría ordinaria. Si se incluyen en los estatutos, la modificación de estatutos exige unanimidad, aunque los ausentes que no se opongan en 30 días cuentan a favor.

¿Se puede poner la lista de morosos en el portal?

Solo como último recurso para notificar a quien no se ha podido localizar, y durante el plazo necesario. Una lista permanente puede vulnerar la protección de datos.

Fuentes

Guía informativa basada en el texto oficial de la ley. Los estatutos de cada comunidad pueden añadir reglas propias: si hay dinero o un conflicto serio en juego, consulta con un administrador de fincas o un abogado.

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